REGLAMENTO SORTEO “Racks Track” Navidad con Latitud.
REGLAMENTO
SORTEO “Racks Track” NAVIDAD CON LATITUD
1- En adelante cuando se diga o mencione “reglamento” se refiere a este documento y cuando indique “sorteo” se refiere a la actividad promocional aquí regulada.
2- El sorteo, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de ellos se deriven o se llegasen a derivar, son propiedad y será llevada a cabo bajo responsabilidad de LATITUD PICK UP empresa comercializadora de accesorios para vehículos.
3- El sorteo va dirigido a todos los clientes FINALES de la empresa Latitud Pick up.
4- El sorteo es por tiempo limitado, pues aplica únicamente del miércoles 9 de diciembre del año 2020 hasta el jueves 20 de diciembre del año 2020, de acuerdo con la cantidad estipulada en este reglamento o bien, hasta el momento del cierre de atención al público.
5- El sorteo aplica únicamente a aquellas personas que cumplan con todos los requisitos mencionados en las publicaciones de Facebook de Latitud Pick Up. El sorteo no aplica para personas que dejen su información incompleta en los comentarios en la plataforma de Facebook o Instagram.
6- Durante el periodo en que el sorteo se encuentre vigente, las personas interesadas en participar podrán hacerlo con tres sencillos pasos: 1- El participante deberá subir en la sección de comentarios una imagen de su vehículo con los accesorios adquiridos en Latitud Pick Up. 2- Deberá darle seguir a nuestra página de Instagram latitudpickup. 3- Por último, etiquetar a 4 personas que te gustaría ir en la próxima aventura.
7- El sorteo no aplica para personas que comentan o dejan sus datos incompletos en los comentarios en la publicación de Facebook o no cumplen todos los pasos mencionados anteriormente.
8- Al completar los pasos de manera correcta, el concursante quedará participando en la rifa de un Rack marca Track de fabricación brasileña, incluida su instalación.
Los premios de esta rifa tienen las condiciones y limitaciones indicadas en este reglamento, a las cuales deberán adherirse los favorecidos antes de poder ser declarados como ganadores.
9-La rifa Racks Track para el ganador o ganadora se llevará a cabo el día 20 de diciembre del 2020, en la oficina central de Latitud Pick Up, ubicadas en la Uruca, San José mediante una publicación en la página Latitud Pick Up de Facebook e Instagram. El favorecido será contactado por Latitud Pick Up para verificar que cumpla con las condiciones de este reglamento para así ser declarado ganador.
10-La persona favorecida en el sorteo, será contactada por el patrocinador vía Facebook Messenger, para constatar la identidad y los datos del participante y para determinar si cumple con los requisitos para ser declarado como ganador. Si la persona favorecida no fuese localizada en el transcurso de las 24 horas posteriores al sorteo, o no cumple con los requisitos reglamentarios para recibir el premio, se dejará constancia de dicha circunstancia y se sorteará nuevamente. En estos casos, se procederá a convocar a los suplentes según el orden establecido, quienes asumirán las mismas obligaciones y responsabilidades que el favorecido. El favorecido será declarado ganador en el momento que acepte el premio con todas sus condiciones y limitaciones, sean las indicadas en este reglamento y siempre y cuando firme el documento de aceptación del premio. En el caso de convocarse al ganador y a los suplentes sin poder ser alguno favorecido, el patrocinador se reserva el derecho de disponer de los premios.
11-El plazo máximo que tendrá el favorecido para reclamar el premio será de un mes, después de haberle sido notificado el resultado del sorteo por vía telefónica.
12-Si durante ese plazo no fuese reclamado o retirado, o es rechazado, el patrocinador se reserva el derecho de disponer del mismo. El favorecido deberá presentarse en la dirección que le indiquen los encargados de la promoción en horas de atención al público y cumpliendo con los requisitos establecidos en el presente reglamento para retirar el premio.
13-El premio deberá ser retirado únicamente por la persona que sea declarada favorecida, quien deberá portar su cédula de identidad o documento de identificación válido y al día.
14-Los ganadores serán anunciados por las redes sociales de Latitud Pick Up el día 20 de diciembre, 2020.
15- Latitud Pick Up no se hace responsable por la información errónea o ilegible que impida al organizador verificar la identidad del ganador o imposibilite contactar a la persona ganadora.
16-El ganador, debe ser mayor de edad y es responsable por tener sus documentos al día, lo cual incluye cédula al día y en buen estado. Latitud Pick Up no se hace responsable por la imposibilidad de entregar el premio por situaciones personales, legales, o por impedimentos referentes a ubicación por parte del ganador. Asimismo, el ganador del sorteo acepta que el premio es únicamente con lo detallado en la cláusula 8, por lo que no será posible realizar ningún cambio del regalo, ni cambiarlo por ningún otro bien o servicio, ni dinero en efectivo.
17-En caso de que, por algún motivo de fuerza mayor, se tuviera que suspender la entrega del premio, el ganador del premio aceptará de parte de Latitud Pick Up, un cambio a un premio similar, acordado por las partes.
18-Toda persona que desee participar en el sorteo o reclamar un premio, deberá tener conocimiento de este Reglamento, el cual se dará a conocer en la página de Facebook llamada “Latitud Pick Up”, ya que el reclamo, la aceptación y el recibo de un premio, conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participación, así como la limitaciones y responsabilidades en cuanto a los premios. Por lo anterior y para todos los efectos legales, el patrocinador entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento, se verificará por el hecho de reclamar el respectivo premio, en cuyo caso, el patrocinador podrá exigir al interesado, que mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerando de la obligación de entregar el premio.
19-Al participar en el sorteo, el participante se adhiere y acepta las condiciones estipuladas en este reglamento.
20-Latitud Pick Up no se hace responsable de gastos adicionales en los que incurra el participante por movilizarse a la oficina para hacer efectiva el premio.
21-No aplica en conjunto con otras promociones o cupones. El sorteo no está disponible para colaboradores de Latitud Pick Up y sus familias por afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado.
22-El sorteo está sujeto a las condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
23-El presente sorteo se rige por este Reglamento y en forma supletoria y complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la Comisión del Consumidor, en cuanto sean aplicables.
24-El patrocinador se reserva el derecho de determinar de acuerdo a los intereses de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos anteriores, y de suceder alguna de estas circunstancias, se dejará constancia en el Acta que el día del sorteo se levante a dichos efectos o si el hecho ocurre o se conoce posteriormente, en acta independiente.
25-Las pruebas que sustenten actos como los descritos en los puntos anteriores, serán las que, de acuerdo a los principios y leyes judiciales, sean las más comunes y/o permitidas por los Tribunales de Justicia.
26-Cualquier asunto que se presente con el sorteo y que no se encuentre previsto en el presente reglamento será resuelto por el Patrocinador en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
27-El simple acto de llenar y enviar los datos y eventualmente reclamar el premio tal y como se describe en este reglamento, dará por hecho que las o los participantes conocen de la existencia de las condiciones y limitaciones del sorteo, de la participación y el premio, a las cuales se han adherido y que constare en el presente reglamento.
28-Si El patrocinador por algún motivo no puede localizar a una persona que resultó favorecida por cualquier circunstancia no imputable a él, no generará responsabilidad de ningún tipo para El patrocinador, y el interesado perderá el derecho a reclamo o indemnización alguna posterior al sorteo. Deberá haber total coincidencia entre los datos registrados y el documento de identidad del favorecido para realizar un efectivo reclamo del premio, de otro modo el mismo no será entregado.
29-El patrocinador podrá verificar los datos aportados por el participante. Las personas que no cumplan con los requisitos reglamentarios, serán descalificadas automáticamente.
30-Bajo ninguna circunstancia, El patrocinador reconocerá el reclamo de un premio, que no esté amparado a la presentación del documento de identificación del favorecido.
31-La responsabilidad del Patrocinador culmina con la entrega del premio, no se responsabiliza por la garantía, funcionamiento del mismo y/o accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute del premio por parte del favorecido o sus familiares e invitados. Al aceptar el premio el ganador y sus invitados aceptan estos términos.
32-El patrocinador no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el favorecido con su premio a excepción de los ya mencionados en el reglamento.
33-El Patrocinador suspenderá en forma inmediata el sorteo sin asumir responsabilidad alguna, si se llegara a detectar defraudaciones tales como, imitaciones, reimpresiones, sustituciones o cualquier otra irregularidad de fuerza mayor con los cupones que afecte gravemente los intereses de El patrocinador. Igualmente, el patrocinador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todos aquellos cambios necesarios para la buena marcha de la promoción siempre y cuando no afecten a los participantes desde la perspectiva de disminuir los beneficios ofrecidos. Las anteriores circunstancias se comunicarán en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual el sorteo cesará, o la reforma al reglamento quedará vigente.
34-El patrocinador no intervendrá, ni tendrá responsabilidad alguna por los inconvenientes, problemas o discusiones que se presenten entre el favorecido y/o ganador y cualquier otra persona, en relación o disputa por la posesión y/o titularidad del premio. Estos conflictos deben ser resueltos por las partes, y si no pueden resolverlo, recurrirán a un Tribunal de Resolución Alterna de Conflictos, pero nunca se hará resolver el problema a El patrocinador. El patrocinador reconocerá únicamente como favorecidos al titular del cupón escogido siempre y cuando cumplan con los requisitos reglamentarios.
35-Si se demuestra que una persona no brindó los datos correctos, o recibió un premio por medio de engaño, El patrocinador podrá reclamar el premio entregado en cualquier momento, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso. El derecho al premio en sí no es negociable, ni puede ser comercializado de ninguna forma. Este premio será entregado únicamente a la persona declarada como ganador en el sorteo de la presente promoción una vez verificado que cumple con los requisitos reglamentarios.
36-Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, las personas que resultaron favorecidas autorizan que sus nombres e imágenes aparezcan en publicaciones, medios publicitarios y de forma general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo del premio, sin que ello implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.
37-Cualquier consulta adicional con respecto a este reglamento o el sorteo se puede hacer al teléfono 88312-2859, departamento de Mercadeo.